En cumplimiento del mandato dictado por el Artículo 67 de la Ley 1955 de 2019, se creó el Patrimonio Autónomo AEROCAFÉ constituido por la AERONÁUTICA CIVIL DE COLOMBIA (AEROCIVIL), que estableció lo siguiente:
ARTÍCULO 67. AEROPUERTO DEL CAFÉ (AEROCAFÉ). Los recursos destinados al desarrollo del Proyecto del Aeropuerto del Café (AEROCAFÉ), serán ejecutados a través de un patrimonio autónomo que para tal efecto constituya la Aeronáutica Civil
El patrimonio autónomo podrá recibir aportes del Gobierno nacional, del departamento de Caldas y de sus municipios; y aceptar donaciones del sector público o privado, nacional e internacional. Así mismo, podrá celebrar operaciones de financiamiento interno o externo a nombre del patrimonio autónomo para lo cual la Nación o las entidades territoriales podrán otorgar los avales o garantías respectivas, hasta por el monto de los aportes que cada uno se haya comprometido
El régimen de contratación y administración de sus recursos se regirá por el derecho privado, con plena observancia de los principios de transparencia, economía, igualdad y publicidad, definidos por la Constitución y la Ley. El control fiscal de los recursos lo ejercerá la Contraloría General de la República
La administración del patrimonio autónomo presentará informes sobre los avances y resultados de la gestión de los recursos al menos una vez al año, que se remitirán a la Aeronáutica Civil para ser publicados en su página web
Por mandato de la citada Ley, la ejecución del Aeropuerto del Café Etapa 1 será realizada a través de un Patrimonio Autónomo que se rige por las normas del Derecho privado y cuya vocería y administración están a cargo de Fiduciaria COLPATRIA, según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No 20000838 H3-2020 suscrito con AEROCIVIL, en su calidad de Fideicomitente.
Por decisión del Fideicomitente AEROCIVIL y en virtud del precitado contrato de Fiducia Mercantil, se creó la Unidad de Gestión del Patrimonio Autónomo AEROCAFÉ, que es una instancia que no ostenta personería jurídica y cuya función principal es la de realizar la dirección de la construcción de la Etapa 1 del Aeropuerto del Café.